lunes, 25 de enero de 2016

Prestación Económica Para Cuidados En El Entorno Familiar



¿Qué es la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales?

La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales se reconoce excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su cónyuge, o sus parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco, y lo hayan hecho durante el periodo previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo establezca su Programa Individual de Atención.

Las principales características de esta prestación son:

  • Carácter excepcional.
  • Su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda.
  • Se establecerá a través del PIA
  • Sujeta al grado de dependencia y capacidad económica del beneficiario.

Las condiciones para ser beneficiario de esta prestación vienen determinadas por la Resolución de 13 de julio de 2012 Abre nueva ventana, siendo las siguientes:

  • Cumplimentar la solicitud con los documentos y compromisos exigidos.
  • Estar siendo atendido por cuidadores no profesionales durante el periodo previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud y no ser posible el reconocimiento de un servicio debido a la inexistencia de recursos públicos o privados acreditados.






Esta prestación sólo es compatible con la teleasistencia y con la ayuda a domicilio no intensiva.
Las prestaciones pueden ser modificadas o extinguidas por:
  • Variación de la situación personal del beneficiario
  • Variación de los requisitos establecidos para su reconocimiento
  • Incumplimiento de las obligaciones de la Ley


















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